¿Qué es el Libro de Subcontratación?
El libro de subcontratación es un documento oficial que cada contratista debe mantener en la obra de construcción, donde se reflejan todas las subcontrataciones realizadas con motivo de su participación en la obra. Está regulado por la Ley 32/2006, de 18 de octubre, reguladora de la subcontratación en el sector de la construcción, y su reglamento de desarrollo, el RD 1109/2007.
El objetivo principal del libro es garantizar la transparencia en la cadena de subcontratación y permitir a las autoridades laborales verificar que se respetan los límites legales establecidos.
¿Quién Debe Tener el Libro de Subcontratación?
Cada contratista que participe en una obra de construcción está obligado a disponer de un libro de subcontratación. Es importante distinguir:
- Contratista: Empresa que contrata directamente con el promotor. Debe tener libro de subcontratación.
- Subcontratista: Empresa que contrata con el contratista o con otro subcontratista. No necesita libro propio, pero debe figurar en el del contratista.
- Trabajador autónomo: No necesita libro, pero debe figurar en el del contratista si es subcontratado.
Contenido del Libro de Subcontratación
El libro debe contener, para cada subcontratación, la siguiente información:
| Dato | Descripción |
|---|---|
| Identificación de la empresa subcontratada | Razón social, CIF, domicilio |
| Identificación del representante legal | Nombre y DNI |
| Fecha de subcontratación | Inicio y fin previsto |
| Objeto de la subcontratación | Trabajos a realizar |
| Nivel de subcontratación | 1º, 2º o 3º nivel |
| Número de trabajadores | Previstos en la obra |
| Comunicación al coordinador CSS | Fecha de comunicación |
Límites de la Cadena de Subcontratación
La Ley 32/2006 establece límites estrictos a la cadena de subcontratación para evitar la precarización y garantizar la seguridad:
La estructura permitida es la siguiente:
- Promotor → Contratista (1er nivel)
- Contratista → Subcontratista 1º nivel
- Subcontratista 1º → Subcontratista 2º nivel
- Subcontratista 2º → Subcontratista 3º nivel (solo excepcionalmente, por fuerza mayor o complejidad técnica)
Como regla general, no se permite subcontratar más allá del tercer nivel. Además, el subcontratista cuya organización productiva se base fundamentalmente en la aportación de mano de obra (sin medios materiales propios) no podrá subcontratar en ningún caso.
Habilitación del Libro
El libro de subcontratación debe ser habilitado por la autoridad laboral de la comunidad autónoma donde se ejecute la obra, antes de proceder a cualquier subcontratación. El proceso es:
- Adquirir el libro en formato oficial
- Presentarlo ante la autoridad laboral competente para su habilitación
- Mantenerlo en la obra durante toda la ejecución
- Conservarlo durante los 5 años posteriores a la finalización de la obra
Sanciones por Incumplimiento
El incumplimiento de las obligaciones relativas al libro de subcontratación puede acarrear sanciones significativas:
| Infracción | Grado | Importe |
|---|---|---|
| No disponer del libro | Grave | 626€ - 6.250€ |
| No mantenerlo al día | Grave | 626€ - 6.250€ |
| No comunicar subcontratación al CSS | Grave | 626€ - 6.250€ |
| Superar límites de subcontratación | Muy grave | 6.251€ - 187.515€ |
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