Apertura de Centro de Trabajo en Obras de Construcción: Comunicación, Plazos y Documentación
Normativa

Apertura de Centro de Trabajo en Obras de Construcción: Comunicación, Plazos y Documentación

1 de marzo de 20267 min de lecturaEquipo Coorsafe

¿Qué es la Comunicación de Apertura de Centro de Trabajo?

La comunicación de apertura de centro de trabajo es un trámite administrativo obligatorio mediante el cual se informa a la autoridad laboral competente (la consejería de trabajo de la comunidad autónoma correspondiente) del inicio de actividad en un nuevo centro de trabajo. En el caso de las obras de construcción, esta comunicación tiene características específicas reguladas por la Orden TIN/1071/2010 y el RD 1627/1997.

Cada obra de construcción se considera un centro de trabajo independiente, por lo que requiere su propia comunicación de apertura, independientemente de que la empresa ya tenga otros centros comunicados.

¿Quién Debe Realizar la Comunicación?

En obras de construcción, la obligación recae sobre:

  • Cada contratista que vaya a ejecutar trabajos en la obra debe comunicar la apertura de su centro de trabajo
  • Los subcontratistas también deben realizar su propia comunicación
  • Los trabajadores autónomos están exentos de esta obligación

Es importante destacar que el promotor no realiza la comunicación de apertura (no es empresario con trabajadores en la obra), pero sí debe realizar el aviso previo cuando sea exigible.

Aviso Previo vs. Comunicación de Apertura

Son dos trámites distintos que a menudo se confunden:

AspectoAviso PrevioComunicación de Apertura
ResponsablePromotorContratista / Subcontratista
DestinatarioAutoridad laboralAutoridad laboral
PlazoAntes del inicio de la obraAntes del inicio de los trabajos
NormativaArt. 18 RD 1627/1997Orden TIN/1071/2010
Cuándo es obligatorioObras con duración >30 días y >20 trabajadores simultáneos, o >500 jornadasSiempre
Exposición en obraDebe estar visible en la obraNo requiere exposición

Documentación Necesaria

La comunicación de apertura de centro de trabajo en obras de construcción debe incluir:

  • Datos de la empresa: Razón social, CIF, domicilio social, actividad económica
  • Datos del centro de trabajo: Ubicación de la obra, tipo de obra, fecha prevista de inicio y fin
  • Datos del promotor: Identificación del promotor de la obra
  • Plan de Seguridad y Salud: Referencia al PSS aprobado
  • Organización preventiva: Modalidad de organización preventiva de la empresa
  • Número de trabajadores: Previstos en la obra
  • Coordinador CSS: Datos del coordinador de seguridad y salud designado

Plazos

La comunicación debe realizarse antes del inicio de los trabajos en la obra. No existe un plazo mínimo de antelación específico, pero se recomienda realizarla con al menos 30 días de antelación para evitar retrasos administrativos.

Actualmente, la mayoría de comunidades autónomas permiten realizar la comunicación de forma telemática a través de sus plataformas de administración electrónica.

Sanciones por No Comunicar

La falta de comunicación de apertura de centro de trabajo está tipificada como infracción leve en el artículo 11 de la LISOS, con sanciones de:

GradoImporte
Mínimo45€ - 485€
Medio486€ - 975€
Máximo976€ - 2.450€

Sin embargo, si la falta de comunicación se combina con otros incumplimientos (ausencia de PSS, falta de coordinación), las sanciones pueden acumularse y agravarse significativamente.

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